Artículo 141

Prescriben en un mes:

I. Las acciones para pedir la nulidad de un nombramiento; y
 
II. Las acciones de las y los trabajadores para separarse del servicio por causas imputables al titular de la entidad pública.
Reformado POG 19-12-2009
 
La prescripción corre a partir de que se tenga conocimiento de la causa.
 


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