Artículo 88

En cada entidad pública funcionará una comisión mixta de escalafón, integrada con igual número de representantes de la entidad y del sindicato, de acuerdo con sus necesidades, quienes para los casos de empate, designarán un árbitro que decida. Si no hay acuerdo para dicha designación, propondrán al Tribunal una lista de tres candidatos, para que este órgano jurisdiccional, dentro de un término de tres días, lo haga. Si tampoco se ponen de acuerdo para integrar los nombres de la terna, el Tribunal designará directamente al árbitro. Contra estas resoluciones no procederá recurso alguno.



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