Artículo 12

En lo no previsto por esta Ley, se aplicarán supletoriamente y en su orden:

I. Los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado;
 
II. Los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo;
 
III. La jurisprudencia;
 
IV. La costumbre; y
 
V. La equidad.


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