ARTÍCULO 8

Los titulares de las dependencias y de los organismos descentralizados de la administración pública estatal y municipal podrán, mediante acuerdos generales publicados en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno del Estado, establecer plazos de respuesta menores dentro de los máximos previstos en leyes o reglamentos y no exigir la presentación de datos y documentos contemplados en las disposiciones mencionadas, cuando puedan obtener por otra vía la información correspondiente.



Regresar a Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Zacatecas y Sus Municipios
Página generada en 0.217345 segundos