ARTÍCULO 80

El Consejo Estatal de Evaluación estará integrado por:

I. El titular de la Coordinación, quien fungirá como Coordinador Ejecutivo del Sistema, y
 
II. Los siguientes vocales:
 
a) Dos integrantes del Comité Técnico de Evaluación de la Política Pública;
 
b) Dos integrantes del Comité Ciudadano del Monitoreo de Indicadores de Desarrollo y Componentes Estadísticos de Zacatecas;
 
c) El titular de la Secretaría de la Función Pública;
 
d) El titular de la Secretaría de Finanzas, y
 
e) Un representante de cada una de las Comisiones de Evaluación.


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