ARTÍCULO 80
El Consejo Estatal de Evaluación estará integrado por:
I. El titular de la Coordinación, quien fungirá como Coordinador Ejecutivo del Sistema, y
II. Los siguientes vocales:
a) Dos integrantes del Comité Técnico de Evaluación de la Política Pública;
b) Dos integrantes del Comité Ciudadano del Monitoreo de Indicadores de Desarrollo y Componentes Estadísticos de Zacatecas;
c) El titular de la Secretaría de la Función Pública;
d) El titular de la Secretaría de Finanzas, y
e) Un representante de cada una de las Comisiones de Evaluación.
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