ARTÍCULO 52

Los programas sectoriales y de desarrollo regional y territorial se orientarán a atender las prioridades estratégicas en el territorio, sector o tema específico de que se trate, con el propósito de dar pertinencia a los objetivos estratégicos del Plan Estatal de Desarrollo.

En la elaboración de los programas de desarrollo regional y territorial deberán participar los municipios que integren la región o regiones involucradas, a efecto de que se consideren sus necesidades y propuestas, y puedan participar en las distintas etapas de su ejecución.


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