ARTÍCULO 46

La Coordinación es la dependencia responsable del diseño e integración del Programa General Prospectivo; será actualizado en el primer año del periodo de gobierno estatal en turno y hasta el término de su vigencia. Debe considerar un apartado de seguimiento y evaluación que permita identificar con claridad el avance en los objetivos, metas e indicadores durante su vigencia.

En materia de participación ciudadana para la construcción del Programa General Prospectivo, el reglamento de esta Ley definirá los procedimientos y mecanismos.


Regresar a
Página generada en 0.209266 segundos