ARTÍCULO 10

El sector público, con el concurso de los sectores social y privado, apoyarán las áreas prioritarias del desarrollo, entendiendo por éstas a todas las que tienen que ver con la satisfacción de las necesidades básicas de la población, tales como alimentación, salud, educación, vivienda, deporte y recreación, así como la infraestructura para el desenvolvimiento de la vida económica y social.



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