Artículo 37

Con la finalidad de establecer programas y apoyos específicos de carácter local para impulsar la descentralización de la investigación científica y tecnológica, así como de la innovación, el Ejecutivo del Estado podrá suscribir convenios de coordinación y colaboración con los Municipios, la Federación y con los Gobiernos de otros Estados, así como con instituciones públicas o privadas de investigación y enseñanza.

Reformado POG 21-08-2010


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