Artículo 31

El Programa deberá contener, cuando menos, los siguientes aspectos:

I. El entorno y las políticas generales de ciencia, tecnología e innovación en el Estado;
Fracción Reformada POG 21-08-2010.
 
II. Precisar los Instrumentos jurídicos, administrativos, financieros y de coordinación aplicables para su ejecución;
 
III. El diagnóstico, objetivos, políticas, estrategias y programación de acciones prioritarias con sus corresponsabilidades en materia de:
 
a) Las necesidades esenciales para la investigación científica, la tecnología y la innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
 
b) La investigación, difusión y fomento del conocimiento científico y tecnológico, y sobre innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
 
c) La vinculación;
 
d) El Sistema;
 
e) La formación de investigadores, tecnólogos y profesionales de alto nivel;
 
f) La infraestructura científica, tecnológica y para la innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
 
g) La administración y financiamiento de la ciencia, la tecnología y la innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
 
h) El seguimiento y evaluación;
 
i) El reconocimiento y estímulo a la comunidad científica; y
 
j) El estímulo a jóvenes para que se dediquen a las actividades científicas y tecnológicas.


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