ARTÍCULO 69

La Federación tendrá por objetivos:

I. Coordinar las actividades de las Cajas afiliadas;
 
II. Coadyuvar con el Centro Zacateno de Fomento Cooperativo en la vigilancia de las Cajas Populares
 
III. Realizar planes económicos o financieros que mejoren o amplíen las actividades de las Cajas Populares;
 
IV. Procurar el aprovechamiento en común de bienes y servicios;
 
V. Representar y defender en general los intereses de las Cajas Populares asociados;
 
VI. Intervenir en los conflictos que surjan entre las mismas, procurando su solución mediante la conciliación, en un primer momento, y en su caso, arbitrando, según lo establecido en esta Ley, su reglamento o los estatutos de las mismas cajas. El laudo arbitral que emita, podrá ser recurrido ante el Centro Zacatecano de Fomento Cooperativo, cuya resolución será la definitiva.
 
VII. Denunciar ante el Centro Zacatecano de Fomento Cooperativo la existencia de Cajas Populares que funcionen en contravención a lo ordenado por la presente Ley.


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