Artículo 52

Los mecanismos e instrumentos para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres deben fomentar en la sociedad la convivencia armónica, el respeto a los derechos humanos, la cultura de la paz y de denuncia de la violencia, los principios de igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación, respeto a la dignidad y libertad de las mujeres, enunciados en esta Ley.



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