Artículo 36

Para ser Procuradora o Procurador de Protección a Niñas, Niños, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, se requiere:
Párrafo Reformado POG 31-10-2018
 
I. Ser mexicano por nacimiento en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años cumplidos en la fecha de su designación;
 
II. Ser licenciado en derecho y tener experiencia profesional no menor de tres años, y
 
III. Tener buena conducta y no haber sido condenado en sentencia ejecutoria por delito intencional.


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