Artículo 11

El Ejecutivo a través del Organismo, tendrá respecto de la asistencia social, las siguientes atribuciones:
 
I. Supervisar la debida aplicación de las normas oficiales mexicanas aplicables en la prestación de los servicios de asistencia social y evaluar los resultados de estos servicios;
 
II. Apoyar la coordinación entre las Instituciones que presten servicios de asistencia social pública y privada y las educativas, para formar y capacitar recursos humanos en la materia;
 
III. Promover la investigación científica y tecnológica que tienda a desarrollar y mejorar la prestación de los servicios de asistencia social;
 
IV. Coordinar a través de los convenios respectivos, en el marco del convenio único de desarrollo con los municipios, la prestación y promoción de los servicios de asistencia social;
 
V. Concertar acciones con los sectores social y privado mediante convenios y contratos en que se regule la prestación y promoción de los servicios de asistencia social;
 
VI. Coordinar, evaluar y dar seguimiento a los servicios de asistencia social que presten otras Instituciones;
 
VII. Realizar investigaciones sobre las causas y efectos de los problemas de asistencia social;
Fracción Reformada POG 16-09-2017
 
VIII. Celebrar convenios de colaboración con la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado; la Comisión para la Administración de las Becas, Estímulos Educativos y Apoyos Financieros del Estado de Zacatecas, el Organismo y los DIF Municipales, para emprender acciones coordinadas, a fin de lograr la permanencia en la institución escolar del alumno menor de edad;
Fracción Adicionada POG 16-09-2017
 
IX. Diseñar e implementar programas específicos dirigidos a los alumnos de educación básica y educación media superior en estado de ausentismo o deserción escolar;
Fracción Adicionada POG 16-09-2017
 
X. Implementar campañas permanentes de información dirigidas a los progenitores o tutores, relativas a las causas y las consecuencias fácticas y jurídicas del ausentismo y la deserción escolar; y
Fracción Adicionada POG 16-09-2017
 
XI. Las demás que le otorguen las disposiciones legales en la materia.


Regresar a Ley de Asistencia Social del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.236276 segundos