Artículo 70

Para obtener la autorización del cambio de domicilio o giro de la licencia de funcionamiento, deberá cumplirse con los requisitos siguientes:

I. Presentar solicitud de cambio de domicilio o giro en el formato autorizado por la propia tesorería municipal;
 
II. Exhibir copia de la licencia de funcionamiento o de la renovación del año inmediato anterior al que se solicita y de la anuencia expedida por el Ejecutivo del Estado, y
 
III. Los requisitos señalados en el artículo 23 de esta Ley, y
Fracción adicionada POG 30-12-2017
 
IV. Aprobada su solicitud, pagar los derechos correspondientes para su expedición y vigencia.
 
La autoridad municipal deberá llevar un registro de cambios de domicilio y de giro de las licencias del alcohol y anexarlo al expediente de cada una.
Párrafo adicionado POG 30-12-2017
 


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