Artículo 63

Recibida la solicitud, la Autoridad Municipal verificará que el establecimiento siga cumpliendo con los requisitos previstos en esta Ley y los Reglamentos Estatal y Municipal, además de verificar si el establecimiento ha sido sancionado por incurrir en alguna falta o infracción en contra de esta Ley y sus reglamentos. Si de dicha revisión se desprende la comisión de al menos tres faltas o infracciones, no podrá otorgarse la renovación de la licencia.

Párrafo reformado POG 30-12-2017

La verificación causará derechos en favor del erario del municipio en términos de la Ley de Hacienda Municipal.
Párrafo reformado POG 30-12-2017
 
Si la solicitud se presenta en forma extemporánea, el titular se hará acreedor a una sanción económica, que cubrirá como accesorio en la renovación misma.


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