LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE ZACATECAS

Ley publicada en el Suplemento 3 al Número 96 del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el miércoles 30 de noviembre de 2016.
TEXTO VIGENTE A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2017
 
ALEJANDRO TELLO CRISTERNA, Gobernador del Estado de Zacatecas, a sus habitantes hago saber:

Que los DIPUTADOS SECRETARIOS de la Honorable Sexagésima Segunda Legislatura del Estado, se han servido dirigirme el siguiente:
 
DECRETO # 18
 
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA
 
RESULTANDO PRIMERO. En sesión ordinaria celebrada el cuatro de octubre de dos mil dieciséis, se dio lectura a la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, que presentó el Licenciado Alejandro Tello Cristerna, Gobernador del Estado de Zacatecas, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 60 fracción II de la Constitución Política del Estado; 46 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y 95 fracción II del Reglamento General del Poder Legislativo.
 
RESULTANDO SEGUNDO. En esa misma fecha, por acuerdo de la Presidencia de la Mesa Directiva, la iniciativa de referencia fue turnada mediante memorándum 0025 a la Comisión de la Función Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.
 
RESULTANDO TERCERO. El Titular del Ejecutivo del Estado, justificó su iniciativa en la siguiente
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
 
[…]
 
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado y con apoyo además en lo dispuesto en los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo del Estado, en nombre del Pueblo, se

DECRETA
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE ZACATECAS


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