Artículo 71

La Secretaría de Economía y la Subsecretaría, así como los Municipios, a través de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, en coordinación con la Red de Vinculación Laboral, diseñarán y ejecutarán programas de promoción de empleo, a través de una bolsa de trabajo que procure la colocación iva de personas con discapacidad, realizando análisis de puestos.

Artículo reformado POG 23-03-2013
Artículo reformado POG 16-08-2014


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