Artículo 53

Corresponde al Consejo Estatal:
 
I. Proponer políticas públicas de desarrollo social bajo los criterios de integralidad y transversalidad;
 
II. Emitir opiniones y formular propuestas sobre la aplicación y orientación de la política estatal y municipal de desarrollo social;
 
III. Opinar sobre los presupuestos de desarrollo social destinados a las dependencias y entidades estatales y municipales;
 
IV. Proponer criterios para la instrumentación y ejecución de las políticas y programas de desarrollo social en los ámbitos estatal y municipal;
Fracción reformada POG 23-03-2013
 
V. Analizar y proponer esquemas alternativos de financiamiento para los programas de desarrollo social;
 
VI. Promover el intercambio de experiencias en materia de desarrollo social;
 
VII. Proponer el fomento y ejecución de programas y acciones en el marco del Plan Estatal de Desarrollo, el Programa, los programas municipales;
 
VIII. Revisar el marco jurídico del desarrollo social y, en su caso, proponer las reformas correspondientes;
 
IX. Revisar la propuesta de reglas que deban regir la participación social que haga la Secretaría;
 
X. Proponer mecanismos de financiamiento y distribución de los recursos para el desarrollo social del Estado y Municipios;
 
XI. Promover acciones de capacitación para servidores públicos en materia de desarrollo social, así como la creación de grupos de trabajo;
 
XII. Sugerir las actividades que estime necesarias y convenientes para el funcionamiento adecuado del Sistema;
 
XIII. Opinar sobre la aplicación de los programas federales, estatales y municipales de desarrollo social;
 
XIV. Fomentar la participación ciudadana en la elaboración y ejecución de las políticas de desarrollo social, así como proponer mecanismos de consulta con los diversos sectores en el Estado;
 
 
XV. Integrar comisiones, grupos de trabajo y observatorios ciudadanos permanentes para analizar aspectos específicos del desarrollo social, y
 
XVI. Las demás que le confiera la presente Ley y otras disposiciones aplicables.
 


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