Artículo 34

La o el Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos, dentro de ese mismo plazo, difundirán los programas operativos anuales en materia de desarrollo social y la normatividad respectiva, de conformidad con la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado.



Regresar a Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de Zacatecas
Página generada en 0.207433 segundos