Artículo 17

La coordinación del Sistema compete a la Secretaría, con la concurrencia de las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal, así como de las organizaciones. La Secretaría diseñará y ejecutará, previa aprobación de la Unidad de Planeación del Titular del Poder Ejecutivo, las políticas generales de desarrollo social. Al efecto coordinará y promoverá la celebración de convenios en la materia.
 Párrafo reformado POG23-03-2013
 
La Secretaría coordinará la correspondencia entre el Programa y los programas sectoriales, promoviendo que la planeación sea congruente, objetiva y participativa.
 

 



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