Cuando el usuario no exhiba el boleto para recoger su vehículo, deberá acreditar la propiedad o la legítima tenencia del mismo a satisfacción del prestador de servicio, mediante identificación oficial vigente que se vincule con la tarjeta de circulación, factura o carta factura del vehículo, o bien, por cualquier otro medio que dé certidumbre al prestador del servicio.