I. El Procurador General de Justicia del Estado de Zacatecas, quien la presidirá;
II. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado;
III. El Secretario de Finanzas de (sic) Gobierno del Estado;
IV. El Director General de los Servicios de Salud en el Estado; y
V. El Coordinador Administrativo de la Procuraduría, quien será el Secretario Técnico y tendrá derecho a voz pero no a voto.
Los integrantes de la Comisión podrán nombrar a sus respectivos suplentes.