ARTÍCULO 10

La Secretaría de Finanzas y la Secretaría de la Función Pública del Gobierno del Estado, publicarán anualmente en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, la relación de las entidades paraestatales que formen parte de la Administración Pública Estatal.
Reformado POG 19-06-1999
Reformado POG 23-03-2013


Regresar a Ley de las Entidades Públicas Paraestatales
Página generada en 0.209608 segundos