Artículo 42

Niñas, niños y adolescentes que residan o transiten en la entidad tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos que garantice el respeto a su dignidad humana, conforme lo señala el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, los tratados internacionales, la Ley de Educación del Estado y demás disposiciones aplicables. 

Asimismo, tienen el derecho inalienable a las mismas oportunidades de acceso y permanencia en la educación obligatoria, y el derecho a acceder a la educación básica de manera gratuita.
 
Los adolescentes tienen derecho a apoyos para que puedan ingresar y terminar la educación media superior.


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