Atribución de entrevistar

La Coordinación, además de las establecidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, tendrá la atribución de entrevistar al imputado previamente a la realización de cualquier audiencia sobre medidas cautelares, con el fin de obtener información relevante que sea útil para la decisión sobre la medida cautelar.

Antes de empezar la entrevista, el funcionario del servicio auxiliar debe hacerle saber el objetivo de la entrevista, que tiene derecho a que su defensor esté presente durante la misma, que puede abstenerse de suministrar información y que aquélla que proporcione no podrá ser usada para demostrar su culpabilidad.
 
La entrevista se podrá llevar a cabo sin la presencia del defensor, si el imputado lo consiente expresamente.
 
El Ministerio Público deberá otorgar las facilidades materiales para el cumplimiento de la entrevista al imputado detenido.


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