De las sanciones

El Tribunal conocerá de las infracciones y violaciones a las disposiciones de las leyes de la materia en que incurran los servidores públicos electorales, procediendo a imponer la sanción correspondiente, misma que podrá ser cualquiera de las siguientes:

I. Apercibimiento;
 
II. Amonestación;
 
III. Multa;
 
IV. Suspensión;
 
V. Destitución del cargo; y
 
VI. Inhabilitación temporal para desempeñar empleo, cargo o comisión en la función  electoral.


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