Atribuciones

La Comisión del Servicio Profesional de Carrera Jurisdiccional Electoral tendrá las atribuciones siguientes:
 
I. Supervisar las actividades de la Coordinación del Servicio de Carrera Jurisdiccional Electoral;
 
II. Proponer al Pleno la designación de los servidores públicos del Servicio de Carrera, en los términos del Reglamento aplicable;
 
III. Proponer al Pleno los planes y programas del Servicio de Carrera;
 
IV. Verificar la ejecución de los planes y programas del Servicio de Carrera que le presente la Coordinación del Servicio de Carrera Jurisdiccional Electoral;
 
V. Proponer al Pleno el proyecto de Manual de Organización, así como del Catálogo de Cargos y Puestos del Tribunal;
 
VI. Presentar al Pleno las propuestas de reforma al Reglamento del Servicio de Carrera; así como las adecuaciones a la estructura y funcionamiento del Servicio;
 
VII. Rendir un informe trimestral al Pleno, respecto de las actividades realizadas; y 
 
VIII. Las demás que les señale esta Ley, el Reglamento Interior y demás disposiciones legales aplicables. 


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