Artículo 119

La Secretaría podrá llevar a cabo visitas de verificación a las instalaciones del Inversionista que disfruten de incentivos, para comprobar el cumplimiento de los compromisos y acuerdos asumidos con la autoridad. Para ese efecto se observarán las formalidades esenciales del procedimiento administrativo en los términos del Reglamento.



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