Artículo 70

Cada Comité se integrará de la siguiente forma:

I. Un Presidente Honorífico que será el Gobernador del Estado.
 
II. Un Presidente Ejecutivo que será el ciudadano que designe el Gobernador del Estado.
 
III. Un Secretario Técnico que será el Titular de la Secretaría.
 
IV. Vocales del sector público:
 
a. Los Titulares de las dependencias y entidades que correspondan de acuerdo al sector estratégico.
 
V. Vocales del sector social:
 
a. Los representantes del ámbito académico, científico y tecnológico que correspondan de acuerdo al sector estratégico.
 
VI. Vocales del sector privado:
 
a. Los representantes del ámbito empresarial que correspondan de acuerdo al sector estratégico.
 
VII. Un representante de la Legislatura de acuerdo al sector estratégico.


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