Artículo 6

La presente Ley tiene los siguientes objetivos estratégicos:

I. Impulsar la competitividad del Estado y Municipios de Zacatecas;
 
II. Promover la competitividad de las empresas establecidas en Zacatecas;
 
III. Establecer un sistema de planeación, seguimiento y evaluación para impulsar la competitividad, la atracción de inversiones y la generación de empleos en el Estado;
 
IV. Fomentar un crecimiento económico ordenado y descentralizado;
 
V. Estimular un desarrollo económico en armonía con el desarrollo sustentable del Estado;
 
VI. Favorecer la innovación, el desarrollo científico y tecnológico, la economía del conocimiento y la productividad;
 
VII. Promover el desarrollo de infraestructura logística, comercial, industrial, de servicios y de las comunicaciones;
 
VIII. Procurar la participación de los sectores social y privado para el desarrollo económico del Estado;
 
IX. Promover la participación de los gobiernos municipales para la competitividad, la generación de empleos y la atracción y retención de inversiones;
 
X. Impulsar la atracción y retención de inversiones nacionales o extranjeras;
 
XI. Establecer incentivos claros, cuantificables, transparentes y atractivos al Inversionista;
 
XII. Fomentar una mayor participación del Estado en el flujo mundial de comercio e inversiones;
 
XIII. Procurar la vinculación y articulación de esfuerzos entre el gobierno, las empresas y las instituciones educativas para el desarrollo económico, especialmente en los sectores estratégicos;
 
XIV. Estimular la asociatividad y colaboración de empresas y centros de investigación e innovación tecnológica, particularmente en los sectores estratégicos;
 
XV. Procurar el desarrollo y consolidación de agrupamientos empresariales estratégicos;
 
XVI. Favorecer la generación y conservación de empleos estables, bien remunerados y preferentemente de alto valor;
 
XVII. Fomentar el desarrollo y formación del capital humano competitivo y calificado acorde a los requerimientos de las empresas y al futuro deseado para el Estado;
 
XVIII. Estimular una cultura laboral competitiva en la que predomine el diálogo, el respeto, la productividad y el progreso; y
 
XIX. Promover el equilibrio entre la oferta y demanda laboral.
 
         XX.  Promover la inclusiòn laboral de los grupos vulnerables, en partìcular las personas con discapacidad.
Adicionado POG 05-10-2016


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