Artículo 2

Son autoridades competentes para la aplicación de la presente Ley:

I. En el ámbito estatal:
 
a. El Gobernador del Estado;
 
b. El Secretario de Finanzas;
 
c. El Secretario de Economía; y
Inciso reformado POG 23-03-2013
 
d. Las demás autoridades que determinen las leyes, reglamentos y acuerdos del Gobernador del Estado.
 
II. En el ámbito municipal:
 
a. El Ayuntamiento;
 
b. El Presidente Municipal; y
 
c. Las demás autoridades que determinen las leyes, reglamentos y acuerdos del Ayuntamiento.


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