ARTÍCULO 70

Se establece el Premio Estatal al Mérito Académico “Francisco Aguilar y Urízar”, el cual se otorgará a quienes por su destacado desempeño académico merezcan ser reconocidos por el pueblo zacatecano y el Gobierno del Estado, en las siguientes áreas:

I. A los alumnos más destacados de primaria, secundaria, preparatoria y nivel superior de instituciones públicas o privadas; y
 
II. A docentes que por su compromiso y entrega a la enseñanza, se destaquen en sus labores, que sobresalgan por sus méritos, logros, aportaciones a la educación, por su rendimiento académico o por su trayectoria académica prominente.


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