ARTÍCULO 31

La Condecoración Zacatecas constituye el más alto reconocimiento que otorga el Gobierno del Estado, para premiar actos o servicios relevantes a la Humanidad, a la Patria, al Estado o a la comunidad, así como actos heroicos, conductas, méritos cívicos o una trayectoria ejemplar en su amplio sentido. 



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