ARTÍCULO CUARTO

Dentro de un término de noventa días de la fecha de su instalación, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo expedirá su Reglamento Interior.

COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Sexta Legislatura del Estado a los nueve días del mes de marzo del año dos mil.- Diputado Presidente.- LIC. JORGE EDUARDO HIRIARTT ESTRADA.- Diputados Secretarios.- LIC. ROMEO DEL RÍO CARRILLO Y LIC. JOSÉ MANUEL RÍOS NÚÑEZ.- Rúbricas.

Y para que llegue a conocimiento de todos y se le dé el debido cumplimiento, mando se imprima, publique y circule.

DADO en el Despacho del Poder Ejecutivo, a los quince días del mes de marzo del año dos mil.


"SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN"
EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE ZACATECAS


LIC. RICARDO MONREAL ÁVILA


EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

LIC. ARTURO NAHLE GARCÍA


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