ARTÍCULO 210

El recurso de apelación especial será interpuesto por escrito ante el juez que dictó la resolución, dentro del plazo de diez días de notificada, en el que se citarán, con claridad, las disposiciones legales que se consideren inobservadas o erróneamente aplicadas y se expresará cuál es la pretensión.

Deberá indicarse, por separado, cada motivo con sus fundamentos. Fuera de esta oportunidad no podrá alegarse otro motivo.



Regresar a Ley de Justicia para Adolescentes en el Estado de Zacatecas
Página generada en 0.207675 segundos