ARTÍCULO 1

La presente Ley es de orden público y de observancia general en todo el territorio del Estado de Zacatecas. Tiene por objeto establecer las bases normativas y de coordinación a que deberán sujetarse el Estado y sus municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, para el establecimiento, integración y funcionamiento de un Sistema de Justicia para Adolescentes.



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